INSCRIPCION AL PADRON DE IMPORTADORES
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viernes, 22 de mayo de 2015
INSCRIPCION AL PADRON DE IMPORTADORES
lunes, 18 de mayo de 2015
COMPRAS AL EXTRANJERO(Importacion)
- La factura comercial que ampare la mercancía que se pretenda importar, cuando dichas mercancías tengan un valor comercial en moneda nacional o extranjera superior a 300 dólares.
- El conocimiento de embarque en tráfico marítimo o guía aérea en tráfico aéreo.
- Los documentos que comprueben el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias, que se hubieran expedido de conformidad con la Ley de Comercio Exterior, siempre y cuando se hubieran publicado en el Diario Oficial de la Federación y se identifiquen en términos de la fracción arancelaria y de la nomenclatura que les corresponda conforme a la tarifa de los Impuestos General de Importación y Exportación (TIGIE).
- El documento con base en el cual se determine la procedencia y el origen de las mercancías para efectos de la aplicación de preferencias arancelarias, cuotas compensatorias, cupos, marcado de país de origen y otras medidas que al efecto se establezcan, de conformidad con las disposiciones aplicables.
- El certificado de peso o volumen expedido por la empresa certificadora autorizada por la SHCP mediante reglas, tratándose del despacho de mercancías a granel en aduanas de tráfico marítimo, en los casos que establezca el Reglamento de la Ley Aduanera.
Base Gravable del Impuesto de Importación y el Momento de Causación
Contribuciones que pueden causarse con motivo de la importación
Los aranceles son las cuotas de las tarifas de los impuestos generales de exportación e importación, los cuales podrán ser:
II. Específicos, cuando se expresen en términos monetarios por unidad de medida, y
III. Mixtos, cuando se trate de la combinación de los dos anteriores.
LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS (ISAN)
- Bebidas con contenido alcohólico y cerveza
- Tabacos labrados
- Diesel
- Refrescos, bebidas hidratantes o rehidratantes
I.- Por cada quinientos kilogramos o fracción y durante: Diarios
a).- Los primeros quince días naturales............................................................................. $8.61
b).- Los siguientes treinta días naturales......................................................................... $16.79
c) El tiempo que transcurra después de vencido el plazo señalado en el inciso anterior….... $27.20
No se pagarán los impuestos al comercio exterior por la entrada o salida del territorio nacional del mismo de las siguientes mercancías:
Presentación de las mercancías ante la Aduana para su despacho
- Bienes de uso personal, tales como ropa —incluido un ajuar de novia—, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, artículos para bebés, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
- Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (gps); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
- Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
- Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de dvd; un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.
- Cinco discos láser, 10 discos dvd, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
- Libros, revistas y documentos impresos.
Las personas mayores de edad que sean residentes en franja o región fronteriza, pueden importar mercancías para su consumo personal, bajo los siguientes criterios:
- El valor de las mercancías no deberá exceder diariamente del equivalente en moneda nacional o extranjera a 150 dólares, en el caso de aquellos residentes fronterizos mayores de edad que ingresen a territorio nacional en vehículo de servicio particular y en él se transporten más de dos residentes de la franja o región fronteriza, el valor de las mercancías que importen en su conjunto no deberá exceder del equivalente en moneda nacional o extranjera a 400 dólares.
- No podrán introducirse al amparo de este beneficio, las siguientes mercancías:
a) Bebidas alcohólicas
b) Cerveza
c) Tabaco labrado en cigarros o puros
d) Combustible automotriz, salvo el que se contenga en el tanque de combustible del vehículo que cumpla con las especificaciones del fabricante
lunes, 20 de abril de 2015
2.-Factura comercial (comercial invoice): la factura comercial debe contener la misma información que la factura pro forma y toda la información que requiera el país de destino. La descripción de la mercancía debe corresponder exactamente a la descripción en la carta de crédito o en el documento para otro tipo de pago, como una cobranza documentaria.
3.- Factura consular (consular invoice): se requiere en ciertos países. Debe estar confeccionada en el idioma de lugar del país de destino y se presenta en el consulado de ese país para estar legalizada.
5.-conocimiento de embarque marítimo (ocean Bill of lading): es un documento emitido por el transportista, reconociendo que los bienes que se especifican han estado recibidos a bordo para el transporte y que estan listos para su entrega a un lugar determinado al consignatario identificado.
6.-guia aérea (air waybill): cuando la exportación
es via transporte aérea se usa una guía aérea en vez de un conocimiento de embarque, la guía aérea sirve como evidencia que la aerolínea ha aceptado los bienes indicados en la lista y se compromete a llevarlos al aeropuerto de destino.
8.-certificado de inspección (inspection certif
icate): también puede ser necesario tener un certificado de inspección para asegurar que los contenedores estén libres de contaminantes antes de ingresar a ciertos puertos.
9.-certificacion fitosanitaria (phytosanitary certificate): este documento certifica que el producto esta libre de plagas dañinas que podrían afectar los cultivos.
10.-certificado de seguro (insurance certificate): se ocupa el certificado de seguro para asegurar al consignatario que el seguro va a cubrir la pérdida o daño a la carga durante el tránsito.
11.-declaracion de exportación del embarcador (shipper`s export declaration): se requiere una declaración de exportación del embarcador para todos los despachos que tienen un valor de más de $2.500, la declaración de exportación del embarcador permite que la oficina del censo pueda monitorear los tipos de productos que se están exportando desde México.
12.-licencia de exportación (export license): para determinar si su producto necesita una licencia de exportación, necesita saber el número de clasificación de bienes de exportación.
13.-carta de instrucción del remitente (shipper`s instructions): las instrucciones deben ser claras y precisas y la información que proporcione deberá ser más detallada, asi la probabilidad que sus bienes llegen a su destino sin problemas es mayor.